+Artículo 3 7.
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Artículo 3 7.
Los Estados miembros velarán por que las autoridades competentes denieguen el registro si las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de un tercer país aplicables a una o varias personas físicas o jurídicas con las cuales el intermediario posea vínculos estrechos, o las dificultades para hacer cumplir esas disposiciones legales, reglamentarias o administrativas, impiden el ejercicio efectivo de sus funciones de supervisión.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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