+Artículo 20 5.
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Artículo 20 5.
En relación con la distribución de productos de seguro distinto del seguro de vida tal y como se enumeran en el anexo I de la Directiva 2009/138/CE, se facilitará la información a que se refiere el apartado 4 del presente artículo mediante un documento normalizado de información sobre productos de seguro, en papel o en otro soporte duradero, para la distribución de productos de seguro distintos del seguro de vida.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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