+Artículo 20 5.

Artículo 20 5.

En relación con la distribución de productos de seguro distinto del seguro de vida tal y como se enumeran en el anexo I de la Directiva 2009/138/CE, se facilitará la información a que se refiere el apartado 4 del presente artículo mediante un documento normalizado de información sobre productos de seguro, en papel o en otro soporte duradero, para la distribución de productos de seguro distintos del seguro de vida.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito