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+Artículo 22 4. |
Artículo 22 4.Para establecer un nivel elevado de transparencia por todos los medios apropiados, la AESPJ velará por que la información relativa a las disposiciones nacionales que se le comunique sea también comunicada a los clientes y los distribuidores de seguros y reaseguros.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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