+Artículo 15 1.

Artículo 15 1.

Los Estados miembros velarán por la protección de los inversores exigiendo que los programas de bonos garantizados cumplan en todo momento, como mínimo, los requisitos en materia de cobertura establecidos en los apartados 2 a 8.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito