+Artículo 17 2.

Artículo 17 2.

Los Estados miembros que permitan la emisión de bonos garantizados con estructuras de vencimiento prorrogable lo comunicarán a la ABE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito