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+Artículo 23 2. |
Artículo 23 2.Las sanciones y medidas a que se refiere el apartado 1 deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias e implicarán, como mínimo, lo siguiente:
a)
la revocación del permiso para un programa de bonos garantizados;
b)
una declaración pública en la que se indique la identidad de la persona física o jurídica y la naturaleza del incumplimiento con arreglo al artículo 24;
c)
un requerimiento dirigido a la persona física o jurídica para que ponga fin a su conducta y se abstenga de repetirla;
d)
sanciones pecuniarias administrativas. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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