+Artículo 24 10.

Artículo 24 10.

La ABE mantendrá una base de datos central de las sanciones administrativas y otras medidas administrativas que se le comuniquen. Únicamente las autoridades competentes designadas en virtud del artículo 18, apartado 2, podrán acceder a esta base de datos, la cual deberá actualizarse a partir de la información proporcionada por las autoridades competentes de conformidad con el apartado 9 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito