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+Artículo 10 2. |
Artículo 10 2.Sin perjuicio de los procedimientos de votación establecidos en el artículo 18, apartado 1, la Junta General decidirá por mayoría simple de sus miembros presentes con derecho de voto. En caso de empate decidirá el voto de calidad del Presidente de la JERS.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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