+Artículo 14 2.
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Artículo 14 2.
El informe a que se refiere el apartado 1 abarcará como mínimo el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2019 y el 19 de octubre de 2021. Para la preparación de su informe, la Comisión podrá utilizar datos recabados por los Estados miembros en relación con el apartado 1 y tendrá en cuenta las especificidades de las distintas operaciones de pago, distinguiendo, en particular, entre las transacciones iniciadas en un cajero automático y en el punto de venta.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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