+Artículo 14 2.

Artículo 14 2.

El informe a que se refiere el apartado 1 abarcará como mínimo el período comprendido entre el 15 de diciembre de 2019 y el 19 de octubre de 2021. Para la preparación de su informe, la Comisión podrá utilizar datos recabados por los Estados miembros en relación con el apartado 1 y tendrá en cuenta las especificidades de las distintas operaciones de pago, distinguiendo, en particular, entre las transacciones iniciadas en un cajero automático y en el punto de venta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito