+Artículo 5 2.
|
Artículo 5 2.
Cuando un emisor asigne los ingresos de un bono verde europeo de conformidad con el apartado 1 del presente artículo, describirá en la ficha informativa sobre los bonos verdes europeos a que se refiere el artículo 10 las actividades de que se trate y el porcentaje estimado de los ingresos destinados a financiar dichas actividades como total y también por actividad.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|