+Artículo 7 Planes CapEx
---+Artículo 7 1.
---+Artículo 7 2.
---+Artículo 7 3.
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Artículo 7 Planes CapEx
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 7 1.
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Cuando la utilización de los ingresos contemplada en el artículo 4, apartado 1, párrafo primero, letras b) y c), esté relacionada con actividades económicas que vayan a cumplir los requisitos de la taxonomía, el emisor publicará un plan CapEx.
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Artículo 7 2.
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El plan CapEx especificará un plazo, que será anterior al vencimiento del bono verde europeo, en el que todos los gastos de capital y operativos financiados por el bono verde europeo sean conformes con la taxonomía.
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Artículo 7 3.
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El emisor, en el plazo de sesenta días a partir del plazo especificado en el plan CapEx, obtendrá una evaluación de un verificador externo sobre la conformidad con la taxonomía de los gastos de capital y operativos incluidos en dicho plan CapEx y financiados con los ingresos del bono verde europeo.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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