+Artículo 11 4.

Artículo 11 4.

Los emisores de bonos verdes europeos obtendrán una verificación posterior a la emisión, realizada por un verificador externo, del informe de asignación elaborado tras la asignación completa de los ingresos del bono verde europeo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito