+Artículo 23 7.

Artículo 23 7.

La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución que especifiquen los formularios, plantillas y procedimientos normalizados para la notificación de la información a que se refiere el apartado 1.

Al elaborar los proyectos de normas técnicas de ejecución, la AEVM tendrá en cuenta los medios de registro digitales.

La AEVM presentará a la Comisión esos proyectos de normas de regulación a más tardar el 21 de diciembre de 2024.

Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito