+Artículo 29 4.

Artículo 29 4.

La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de regulación que especifiquen los criterios para evaluar si la función de verificación del cumplimiento dispone de autoridad para ejercer sus responsabilidades de forma adecuada e independiente, como se señala en el apartado 2, letra a), así como los criterios para evaluar si la función de verificación del cumplimiento dispone de los recursos y los conocimientos técnicos necesarios y de acceso a toda la información pertinente, como se señala en el apartado 2, letra b).

La AEVM presentará a la Comisión esos proyectos de normas de regulación a más tardar el 21 de diciembre de 2025.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento adoptando las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero del presente apartado de conformidad con los artículos 10 a 14 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito