+Artículo 32 1.
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Artículo 32 1.
Los verificadores externos que tengan conocimiento de errores en sus métodos de evaluación o en la aplicación de tales métodos con repercusiones significativas en una verificación notificarán y explicarán inmediatamente dichos errores a la AEVM y a los emisores de los bonos verdes europeos afectados.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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