+Artículo 43 2.

Artículo 43 2.

El verificador externo que presente una solicitud a que se refiere el apartado 1 (en lo sucesivo, «verificador externo responsable de la validación») facilitará toda la información que sea necesaria para que la AEVM pueda determinar que, en el momento de la solicitud, se cumplen todas las condiciones a que se refiere dicho apartado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito