+Artículo 64 3.
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Artículo 64 3.
Los derechos de defensa de las personas destinatarias de una decisión de la AEVM estarán plenamente garantizados en el curso del procedimiento correspondiente. Dichas personas tendrán derecho a acceder al expediente de la AEVM, sin perjuicio del interés legítimo de otras personas en la protección de sus secretos profesionales. El derecho de acceso al expediente no se extenderá a la información confidencial ni a los documentos preparatorios internos de la AEVM.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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