+Artículo 13 3.

Artículo 13 3.

►M2  La consulta con las partes interesadas pertinentes se celebrará en las siguientes fases del proceso de diligencia debida: ◄

a) 

durante la recopilación de la información necesaria sobre los efectos adversos reales o potenciales, con objeto de realizar la detección, evaluación y priorización en virtud de los artículos 8 y 9;

b) 

durante el desarrollo de planes de acción preventiva y de acción correctiva en virtud del artículo 10, apartado 2, y el artículo 11, apartado 3, y el desarrollo de planes de acción preventiva y de acción correctiva mejorados en virtud del artículo 10, apartado 6, y el artículo 11, apartado 7;

▼M2 —————

▼B

d) 

durante la adopción de medidas adecuadas para reparar efectos adversos en virtud del artículo 12.

▼M2 —————

▼B

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito