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+Artículo 19 3. |
Artículo 19 3.Las directrices a que se refiere el apartado 2, letras a), d) y e), se adoptarán a más tardar el 26 de julio de 2027. Las directrices a que se refiere el apartado 2, letras f) y g), se adoptarán a más tardar el 26 de julio de 2028.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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