+Artículo 24 4.

Artículo 24 4.

Cuando una empresa matriz cumpla las obligaciones derivadas de la presente Directiva en nombre de sus filiales de conformidad con el artículo 6, la autoridad de control competente para la empresa matriz cooperará con la autoridad de control competente de la filial, que seguirá siendo competente para velar por que la filial quede sujeta al ejercicio de las competencias de conformidad con el artículo 25. A este respecto, la Red Europea de Autoridades de Control creada en virtud del artículo 28 facilitará la cooperación, la coordinación y la prestación de asistencia mutua necesarias, de conformidad con el artículo 28.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito