+Artículo 7 4.
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Artículo 7 4.
Las autoridades de supervisión ayudarán a la Autoridad a determinar y tener en cuenta las particularidades de sus respectivos marcos jurídicos nacionales, en particular cuando la Autoridad aplique legislación nacional de transposición del Derecho de la Unión como se menciona en el artículo 1, apartado 2.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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