+Artículo 9 4.
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Artículo 9 4.
La Autoridad coordinará las actividades de las autoridades de supervisión y facilitará la planificación y ejecución de las revisiones temáticas conjuntas a que se refiere el apartado 3. Toda interacción directa con entidades obligadas distintas de las entidades obligadas seleccionadas en el contexto de una revisión temática será responsabilidad exclusiva de la autoridad de supervisión de esas entidades obligadas y no podrá entenderse como una transferencia de funciones y competencias relacionadas con dichas entidades dentro del sistema de supervisión de la LBC/LFT.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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