+Artículo 10 4.

Artículo 10 4.

Cuando se solicite a la Autoridad asistencia para el desempeño de tareas de supervisión específicas a nivel nacional en relación con entidades obligadas distintas de las entidades obligadas seleccionadas, la autoridad de supervisión solicitante detallará en su solicitud las funciones para las que se solicita apoyo. La asistencia no podrá entenderse como la transferencia, de la autoridad de supervisión solicitante a la Autoridad, de funciones o competencias de supervisión o de la responsabilidad por la supervisión de entidades obligadas distintas de las entidades obligadas seleccionadas.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito