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+Artículo 20 1. |
Artículo 20 1.Si una inspección in situ prevista en el artículo 19 requiere una autorización judicial de conformidad con el Derecho nacional, la Autoridad solicitará dicha autorización.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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