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+Artículo 21 4. |
Artículo 21 4.Las medidas administrativas a que se refiere el apartado 2 se acompañarán, cuando proceda, de plazos vinculantes para su aplicación. La Autoridad realizará un seguimiento y evaluará la aplicación por parte de la entidad obligada seleccionada de las acciones exigidas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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