+Artículo 22 1.
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Artículo 22 1.
A efectos del desempeño de las funciones que le atribuye el presente Reglamento, la Autoridad podrá imponer sanciones pecuniarias cuando una entidad obligada seleccionada incumpla, ya sea deliberadamente o por negligencia, alguno de los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2023/1113 o el Reglamento (UE) 2024/1624, o incumpla una decisión vinculante contemplada en el artículo 6, apartado 1, del presente Reglamento.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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