+Artículo 22 6.

Artículo 22 6.

La cuantía máxima de una sanción por incumplimiento grave, reiterado o sistemático con a que se refiere el apartado 3, letras a) y b), no excederá del 10 % del volumen de negocios total anual de la entidad obligada en el ejercicio anterior, tras la aplicación de los coeficientes a que se refieren los apartados 4 y 5.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito