+Artículo 44 3.

Artículo 44 3.

El Consejo General en su composición de UIF puede rechazar a una persona que haya sido designada como delegado de la UIF si esta no cumple los criterios a que se refiere el apartado 2. El mandato de los delegados de las UIF será de tres años, renovable una sola vez con el consentimiento de la UIF delegante.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito