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+Artículo 55 2. |
Artículo 55 2.La petición a que se hace referencia en el apartado 1 podrá incluir una consulta con otros organismos pertinentes de la Unión cuando se trate de su competencia, una consulta pública o un análisis técnico.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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