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+Artículo 57 1. |
Artículo 57 1.El Consejo General tendrá, bien la composición de supervisión establecida en el apartado 2, bien la composición de UIF establecida en el apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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