+Artículo 61 1.

Artículo 61 1.

Las decisiones del Consejo General se adoptarán por mayoría simple de sus miembros. Cada miembro votante con arreglo a lo establecido en el artículo 57, apartados 2 y 3, dispondrá de un voto. En caso de empate, el presidente de la Autoridad dispondrá de un voto de calidad.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito