+Artículo 61 3.

Artículo 61 3.

Los miembros sin derecho a voto y los observadores no asistirán a los debates del Consejo General en su composición de supervisión que se refieran a entidades obligadas concretas, salvo disposición en contrario de los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2, o salvo que los miembros con derecho a voto adopten otra decisión.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito