+Artículo 65 2.

Artículo 65 2.

El programa de trabajo anual incluirá objetivos detallados y los resultados esperados, incluidos indicadores de rendimiento. Contendrá asimismo una descripción de las acciones que vayan a financiarse y una indicación de los recursos humanos y financieros asignados a cada acción, de conformidad con los principios de presupuestación y gestión por actividades. El programa de trabajo anual será coherente con el programa de trabajo plurianual. Indicará claramente qué funciones se han añadido, modificado o suprimido en relación con el ejercicio presupuestario anterior.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito