+Artículo 68 4.

Artículo 68 4.

En el supuesto de que el presidente de la Autoridad deje de cumplir las condiciones requeridas para el ejercicio de sus funciones o haya sido declarado culpable de falta grave, el Consejo, actuando de oficio o a propuesta del Parlamento Europeo o del Consejo General en una de sus composiciones, podrá adoptar una decisión de ejecución para cesar al presidente de la Autoridad. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito