|
+Artículo 77 2. |
Artículo 77 2.El importe de la tasa cobrada a cada entidad obligada a que se refiere el apartado 1 se calculará de conformidad con lo dispuesto en el acto delegado a que se refiere el apartado 6.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|