+Artículo 4 7

Artículo 4 7

7.   Los Estados miembros podrán informar a los agentes económicos de los ejemplos indicativos, que figuran en el anexo II, relativos a posibles medidas que contribuyen al cumplimiento de los requisitos de accesibilidad del anexo I.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito