+Artículo 11 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores

Artículo 11 Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores

Artículo 11

Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores

A los efectos de la presente Directiva, tendrá la consideración de fabricante y, por consiguiente, estará sujeto a las obligaciones del fabricante con arreglo al artículo 7, el importador o distribuidor que introduzca un producto en el mercado con su nombre o marca o que modifique un producto ya introducido en el mercado de tal modo que pueda quedar afectado el cumplimiento de los requisitos de la presente Directiva.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito