+Artículo 14 1

Artículo 14 1

1.   Los requisitos de accesibilidad a que se refiere el artículo 4 solo serán aplicables en la medida en que su cumplimiento:

a)

no exija un cambio significativo en un producto o servicio cuyo resultado sea la modificación sustancial de su naturaleza básica, y

b)

no provoque la imposición de una carga desproporcionada sobre los agentes económicos afectados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito