|
+Artículo 15 2 |
Artículo 15 22. La Comisión solicitará, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012, a uno o más organismos europeos de normalización que elaboren proyectos de normas armonizadas para los requisitos de accesibilidad de productos que figuran en el anexo I. La Comisión presentará el primer proyecto de solicitud de normas armonizadas al comité pertinente a más tardar el 28 de junio de 2021. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|