+Artículo 4 1

Artículo 4 1

1.   Tras una consulta que, en la medida de lo posible, esté abierta a las partes interesadas pertinentes, cada Estado miembro adoptará a más tardar el 17 de enero de 2026 una estrategia para aumentar la resiliencia de las entidades críticas (en lo sucesivo, «estrategia»). La estrategia establecerá objetivos estratégicos y medidas de actuación, basándose en estrategias nacionales y sectoriales, planes o documentos similares existentes en la materia, con vistas a alcanzar y mantener un alto nivel de resiliencia por parte de las entidades críticas y abarcará, como mínimo, los sectores indicados en el anexo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito