1. Tras una consulta que, en la medida de lo posible, esté abierta a las partes interesadas pertinentes, cada Estado miembro adoptará a más tardar el 17 de enero de 2026 una estrategia para aumentar la resiliencia de las entidades críticas (en lo sucesivo, «estrategia»). La estrategia establecerá objetivos estratégicos y medidas de actuación, basándose en estrategias nacionales y sectoriales, planes o documentos similares existentes en la materia, con vistas a alcanzar y mantener un alto nivel de resiliencia por parte de las entidades críticas y abarcará, como mínimo, los sectores indicados en el anexo.