+Artículo 7 3

Artículo 7 3

3.   La Comisión, previa consulta al Grupo de Resiliencia de las Entidades Críticas a que se refiere el artículo 19, adoptará directrices no vinculantes para facilitar la aplicación de los criterios a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, teniendo en cuenta la información a que se refiere el apartado 2 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito