+Artículo 9 6

Artículo 9 6

6.   Cada Estado miembro garantizará que su autoridad competente con arreglo a la presente Directiva coopere e intercambie información con las autoridades competentes con arreglo a la Directiva (UE) 2022/2555 en relación con los riesgos, amenazas e incidentes relacionados con la ciberseguridad y los riesgos, amenazas e incidentes no relacionados con ella que afecten a entidades críticas, así como sobre las medidas pertinentes adoptadas por su autoridad competente y las autoridades competentes con arreglo a la Directiva (UE) 2022/2555.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito