+Artículo 100 4.
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Artículo 100 4.
La ABE, la AESPJ y la AEVM, a través del Comité Mixto contemplado en el artículo 54 de los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010, (UE) n.o 1094/2010 y (UE) n.o 1095/2010, elaborarán directrices para garantizar que las pruebas de resistencia frente a los riesgos ASG sean coherentes, integren consideraciones a largo plazo y se basen en normas comunes en materia de metodologías de evaluación. El Comité Mixto publicará dichas directrices a más tardar el 10 de enero de 2026. La ABE, la AESPJ y la AEVM estudiarán, a través de dicho Comité Mixto, la posible forma de integrar en las pruebas de resistencia otros riesgos sociales y de gobernanza.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
- EULAW_BG -
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