+Artículo 13 6.

Artículo 13 6.

►M3  Si las autoridades de resolución no llegaran a una decisión conjunta en un plazo de cuatro meses, cada autoridad de resolución que sea responsable de una filial y que no esté de acuerdo con el plan de resolución del grupo adoptará su propia decisión y, cuando proceda, identificará a la entidad de resolución y elaborará y mantendrá un plan de resolución para el grupo de resolución compuesto de entidades que estén bajo su jurisdicción. Cada una de las decisiones de las autoridades de resolución que estén en desacuerdo deberá estar plenamente motivada, exponer las razones del desacuerdo con el plan de resolución de grupo propuesto y tener en cuenta las opiniones y reservas expresadas por las demás autoridades de resolución y las autoridades competentes. Cada una de las autoridades de resolución notificará su decisión a los demás miembros del colegio de autoridades de resolución. ◄

A reserva de lo dispuesto en el apartado 9 del presente artículo, si, al final del período de cuatro meses, alguna de las autoridades de resolución ha remitido el asunto a la Autoridad Bancaria Europea de conformidad con el artículo 19 del Reglamento (UE) no 1093/2010, la autoridad de resolución afectada aplazará su decisión en espera de la decisión que la ABE pueda adoptar de conformidad con el artículo 19, apartado 3, de dicho Reglamento, y adoptará su decisión de conformidad con la decisión de la ABE. El período de cuatro meses se considerará el período de conciliación en el sentido del citado Reglamento. La ABE adoptará su decisión en el plazo de un mes. El asunto no se remitirá a la ABE tras haber finalizado el período de cuatro meses o haberse adoptado una decisión conjunta. Si la ABE no adoptara una decisión en el plazo de un mes, se aplicará la decisión de la autoridad de resolución de la filial.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
  • EULAW_BG -

    EULAW_BG