+Artículo 17 8.
|
Artículo 17 8.
En el informe a que se hace referencia en el artículo 43, apartado 5, la Autoridad especificará las autoridades competentes y las entidades financieras que no hayan cumplido los dictámenes formales o las decisiones a que se refieren los apartados 4 y 6 del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 31.12.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1093
- EULAW_BG -
EULAW_BG
|