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+Artículo 40 1 |
Artículo 40 11. El valorador independiente deberá ser una persona que no tenga vinculación con ninguna autoridad pública pertinente, incluida la autoridad de resolución, ni con la entidad pertinente. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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