+Artículo 57 3

Artículo 57 3

3.   A efectos de una coordinación eficaz y eficiente entre el colegio de autoridades de resolución y el de supervisores, la autoridad de resolución a nivel de grupo y el supervisor en base consolidada intercambiarán toda la información necesaria para garantizar que los colegios cumplan su función con arreglo al artículo 116 de la Directiva 2013/36/UE y al artículo 88 de la Directiva 2014/59/UE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
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