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+Artículo 104 3 |
Artículo 104 33. Los reparos y divergencias de opinión importantes se expondrán claramente por escrito, admitiéndose su presentación en formato electrónico, y deberán estar plenamente motivados. Los reparos y divergencias de opinión importantes se expresarán sin demora injustificada, teniendo en cuenta la urgencia de la situación y dentro del plazo contemplado en el artículo 103, apartado 3. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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