+Artículo 25 10.

Artículo 25 10.

A más tardar el 3 de enero de 2016, la AEVM elaborará directrices, que actualizará periódicamente, para la evaluación de:

a) 

los instrumentos financieros que incorporan una estructura que dificulta al cliente la comprensión de los riesgos que entrañan, de conformidad con el apartado 4, letra a), incisos ii) y iii);

b) 

los depósitos estructurados que incorporan una estructura que dificulta al cliente la comprensión de los riesgos en que incurre en lo que respecta al rendimiento o al coste de abandonar el producto antes de su vencimiento, de conformidad con el apartado 4, letra a), inciso v).

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 06.06.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0065
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