+Artículo 45 1.

Artículo 45 1.

El Consejo de Administración estará compuesto por el Presidente y seis miembros de la Junta de Supervisores, elegidos por los miembros con derecho a voto de la Junta de Supervisores de entre ellos.

Cada miembro del Consejo de Administración, a excepción del Presidente, tendrá un suplente, que podrá sustituirlo en caso de que no pueda asistir.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
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